Desde hace algún
tiempo se habla de un concepto que, sin embargo, no hace mucho que nos era totalmente
desconocido: el de la gestación subrogada. No obstante, esas palabras no son
sino una forma fina y elegante de nombrar a algo que sí conocíamos por las
películas: el de los vientres de alquiler.
Cuando nos
hablan de gestación subrogada nos hablan de la posibilidad de que las mujeres
puedan ganar dinero gestando los hijos de parejas que no pueden (o no quieren)
tenerlos, presentándolo como un avance y una posibilidad de desarrollo
profesional.
Sin embargo, yo
creo que no es tan sencillo. Desde luego, siempre habrá mujeres que se presten
a hacerlo si no les sale otra cosa para trabajar. Pero, precisamente, se
tratará de personas sin otros recursos ni posibilidades, lo que significa que serán personas pobres que estarán gestando para otras más acomodadas, que serán las
que podrán pagar por el servicio. Por mucho que nos digan, en este caso no
estaremos hablando de verdadera libertad de elección de trabajo, y, por lo
mismo, tampoco veremos a una mujer de extracción social acomodada siendo
gestante subrogada para una pareja de orígenes más humildes.
Además, cuando
se habla de la gestación subrogada, muchas veces se habla del supuesto derecho
a ser padres cuando, en realidad, no existe tal derecho. Son los niños los que
tienen derecho a tener padres, pero los adultos no tienen derecho a tener
hijos, y, en caso de que sí lo tuvieran, siempre podrían adoptar, cosa que, sin
embargo, parece que a mucha gente no se le ocurre.
Es un tema muy complejo, pero, a pesar de eso, desde mi punto se trata, una vez más, de un tema en el que se intenta introducir una idea falaz de libertad para justificar lo que no sería sino una nueva forma de explotación.
O eso creo.
O eso creo.
Imagen de dominio público tomada de aquí.
Un texto para reflexionar:
González Suárez, A. (2015): "De tumba a útero", Investigaciones feministas, vol. 6: 39-59.
Un texto para reflexionar:
González Suárez, A. (2015): "De tumba a útero", Investigaciones feministas, vol. 6: 39-59.
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